seguro obligatorio

¿Quién tiene que tener el seguro obligatorio?

 

La siguiente pregunta se la hacen muchas personas durante esta época, ya que se acerca el plazo límite para comprar el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales.

El Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) es un seguro exigido por la Ley 18.490 para poder circular de manera legal por el territorio chileno. Este debe contratarse de manera anual como un requisito para poder renovar el Permiso de Circulación. Para ello, la compañía aseguradora entrega un certificado de póliza al propietario del vehículo con los datos de este y de su dueño.

El Seguro Obligatorio de Accidentes Personales cubre en caso de muerte o en caso de lesiones corporales que sean consecuencia de un siniestro vial donde haya participado un auto o vehículo asegurado. Sus coberturas son las siguientes:

  • Muerte a consecuencia de un accidente vehicular: 300 Unidades de Fomento (UF)
  • Incapacidad permanente parcial (según el grado): hasta 200 Unidades de Fomento (UF)
  • Incapacidad permanente total evento en el cual no se deducen los gastos médicos: 300 Unidades de fomento (UF)
  • Gastos médicos hospitalarias: hasta 300 Unidades (UF)

En caso de muerte de la persona accidentada, las personas beneficiarias del seguro obligatorio son las siguientes, en este orden de precedencia:

  1. El cónyuge
  2. Los hijos menores de edad
  3. Los hijos mayores de edad
  4. Los padres
  5. La madre de los hijos (de filiación no matrimonial de la persona fallecida)
  6. A falta de los anteriores, sus herederos legales

Es importante recalcar que el seguro obligatorio no cubre en los siguientes casos:

  • En caso de un accidente causado por una carrera automovilística u otro tipo de competencia de vehículos motorizados.
  • En caso de un accidente fuera del territorio nacional chileno.
  • En caso de guerra, sismo y cualquier otro accidente ocurrido como consecuencia de casos fortuitos enteramente extraños a la circulación.
  • En caso de suicidio y todo tipo de lesiones auto inferidas.

Quién debe comprar el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales

No solo los automóviles deben comprar este seguro obligatorio. Según la Ley 18.490, todas las personas que posean un vehículo motorizado en circulación deben comprar el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP).

Los propietarios que deben comprar el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales antes del 31 de marzo para circular por el territorio nacional de forma legal, son aquellos dueños de los siguientes tipos de vehículos:

  • Vehículo particular o automóvil
  • Motocicleta
  • Remolque o acoplados
  • Carga o casa rodante

El Seguro Obligatorio de Accidentes Personales entrega cobertura a la persona que conduce el vehículo asegurado, a la persona o personas que se encuentran al interior de él y a todo tercero accidentado en un accidente de tránsito.

Se considera tercero también la persona transportada en un vehículo que no cuenta con un seguro obligatorio vigente y que haya participado en un siniestro vial con otro vehículo asegurado, con excepción de cobertura para el propietario.

Cómo comprar el seguro obligatorio de accidentes personales (SOAP) fácilmente

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Precios del seguro obligatorio de accidentes personales (SOAP)

A continuación te presentamos los precios del seguro obligatorio de accidentes personales para los diferentes tipos de vehículos motorizados:

  • Automóviles, Station Wagon y Jeep: $5.990
  • Camionetas y Furgones: $8.190
  • Motocicletas: $36.490
  • Minibus: $21.900
  • Carros de Arrastre: $4.990