Seguro Automotriz

Ley de Grabado de Patentes: ¿Hasta cuándo tengo plazo para hacerlo?

 

La Ley N° 21.601, que modifica la Ley del Tránsito en Chile, establece una nueva exigencia para todos los vehículos motorizados: grabar la placa patente en vidrios y espejos. Esta normativa busca desincentivar el robo de piezas y vehículos, facilitando su identificación en caso de delitos.

La norma ya está en plena vigencia, y a partir de mayo de 2025 comenzarán a aplicarse sanciones para quienes no cumplan con esta obligación. El grabado será un requisito para aprobar la revisión técnica y, en caso de fiscalización, su ausencia puede significar multas de hasta 1,5 UTM.

Además de cumplir con esta ley, si eres propietario de un vehículo, es recomendable contar con un Seguro Automotriz, el cual te protege ante daños materiales, responsabilidad civil o robos. Puedes cotizar fácilmente este tipo de coberturas en hdi.cl.

¿Qué exige la ley sobre el grabado?

El reglamento, publicado el 14 de mayo de 2024 en el Diario Oficial, establece que todos los vehículos motorizados que circulen en Chile deben llevar grabada su placa patente en los vidrios y espejos. Esta exigencia aplica tanto para autos particulares como para motos, furgones, buses, taxis y otros medios de transporte, con algunas excepciones específicas.

Según la normativa, el grabado debe realizarse en al menos seis vidrios del vehículo: parabrisas, luneta trasera y los cuatro vidrios laterales. A esto se suma la obligación de grabar los espejos laterales, sin importar si son eléctricos, manuales o con carcasa removible.

En el caso de motos o vehículos con menor cantidad de cristales, se exige grabar la placa en todos sus espejos. En tanto, vehículos con mayor número de vidrios (como buses o furgones escolares) solo deberán cumplir con el número mínimo exigido.

Quienes ya cuenten con un grabado anterior podrán mantenerlo, siempre que cumpla con los criterios de visibilidad y formato establecidos en el reglamento.

¿Cuál es el plazo para cumplir con esta obligación?

La ley distingue entre vehículos nuevos y antiguos:

  • Vehículos nuevos: tienen un plazo de cuatro meses desde su entrega para cumplir con el grabado. Es decir, todos los vehículos comercializados desde septiembre de 2024 en adelante deben ser entregados con las patentes ya grabadas.

  • Vehículos adquiridos antes de esa fecha: tienen hasta el 15 de mayo de 2025 para regularizar la situación. Desde ese día, el grabado será obligatorio para aprobar la revisión técnica y evitar infracciones.

El incumplimiento será considerado una infracción leve, sancionada con una multa de entre 1 y 1,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Además, el vehículo podría ser rechazado en la revisión técnica por no cumplir con la normativa vigente.

¿Quiénes están exentos de esta exigencia?

La ley contempla algunas excepciones. No están obligados a realizar el grabado de patentes los siguientes vehículos:

  • Vehículos motorizados de peso igual o superior a 3.860 kilos.
  • Vehículos de establecimientos comerciales con autorización municipal.
  • Vehículos extranjeros en tránsito temporal, cumpliendo las condiciones legales.
  • Vehículos de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile.
  • Vehículos antiguos o históricos, debidamente registrados ante el Ministerio de Transportes, con más de 40 años de antigüedad y conservados o restaurados en su condición original.

¿Cómo debe ser el grabado?

El grabado debe ser permanente, legible y visible, es decir, debe implicar un desgaste real sobre el vidrio o el espejo. No se permite el uso de adhesivos ni técnicas removibles.

En los vidrios, las letras deben tener entre 7 y 10 milímetros de altura, mientras que en los espejos laterales deben medir entre 5 y 10 milímetros. El formato debe ser en mayúscula, sin negrita ni cursiva, y sin elementos decorativos.

El reglamento también indica las ubicaciones específicas donde se debe realizar el grabado:

  • En los vidrios laterales, al costado derecho (desde el punto de vista del conductor) y al izquierdo en el caso del copiloto.
  • En el parabrisas, al lado inferior derecho.
  • En la luneta trasera, al lado inferior izquierdo.
  • En los espejos laterales, en uno de los bordes paralelos al suelo.

Para vehículos con patente pintada en los costados —como taxis o camiones—, bastará con realizar el grabado en los espejos laterales y el parabrisas.

¿Por qué es importante cumplir con esta normativa?

Además de ser una obligación legal, el grabado de patentes cumple un rol disuasivo frente al robo de vehículos. La identificación rápida y visible de las piezas dificulta su comercialización ilegal y mejora la trazabilidad ante delitos.

También es un requisito indispensable para lograr la aprobación de la revisión técnica, lo que implica que no tenerlo puede implicar retrasos en realizar el trámite. Por eso, es recomendable agendar con anticipación el grabado, ya sea en una empresa que lo realice o en servicios especializados que ofrecen atención a domicilio.

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